Historia
Estatutos
Calendario de Actividades
REGLA 1ª.- La Hermandad de Reyes Magos del Círculo Mercantil e Industrial de Sevilla se constituye en el año 1971 con el fin primordial de organizar y mantener la festividad de la Epifanía en el ámbito de la Sociedad, creando, mejorando y perfeccionando los medios necesarios para sostener lo que es la Ilusión de los hijos de los empleados e hijos de socios de la misma, sin perjuicio de ampliar sus actividades durante el año en pro del mayor éxito y brillantez de lo que es objetivo fundamental de la Hermandad
La última modificación de las presentes Reglas que la regulan se efectúa en el año 2008 con el fin de reforzar sus fines originarios y la pretensión de ampliar la participación en la misma de todo el cuerpo social.
Igualmente, aplicará sus esfuerzos para colaborar en medida de lo posible con todas aquellas entidades que realicen labores sociales en la ciudad.
REGLA 2ª.- Su constitución se considera con dependencia económica de la Sociedad Círculo Mercantil e Industrial de Sevilla, vinculada directamente a la misma a través de su Junta Directiva y en su representación la persona que ocupe el cargo de Presidente, o por ausencia, la persona que designe para representarlo.
RÉGIMEN DE LA HERMANDAD
REGLA 3ª.- Para el mejor servicio de la Hermandad y conseguir la realización de sus fines, se regulará mediante los siguientes órganos:
Asamblea
Real
Junta Rectora
Comisiones Reales
Simpatizantes
REGLA 4ª.- La Asamblea Real es el órgano supremo de decisión. Está compuesta por los Reyes Magos y las Estrellas de la Ilusión. Sus decisiones son soberanas y se alcanzan mediante votación de sus componentes, consiguiéndose la aprobación de sus resoluciones por mayoría simple de los presentes, excepto en aquellos asuntos que supongan la modificación de parte de las Reglas, en donde se requerirá la mayoría de los 2/3.
REGLA 5ª.- La Asamblea Real se reunirá con carácter ordinario una vez al año antes de la segunda quincena del mes de diciembre, con el siguiente orden del día:
- Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Asamblea anterior y de las extraordinarias que se hubiesen producido desde aquella.
- Memoria de actividades del año que acaba.
- Propuestas de la Junta Rectora para el año que empieza
- Elección de los cargos de la Junta Rectora, si procediera
- Elección de los Reyes Magos y Estrella de la Ilusión
- Ruegos y preguntas
REGLA 6ª.- La Asamblea Real podrá ser así mismo convocada de forma extraordinaria cuando:
- Lo pida el Presidente
- La Junta Rectora lo considere oportuno
- Lo soliciten 1/3 de los miembros de la Hermandad
REGLA 7ª.- La Junta Rectora estará formada por:
- Presidente
- Chambelán
- Secretario
- Comité Real
- Coordinador
Se reunirá a lo largo del año cuantas veces sea necesario y a petición de alguno de sus miembros.
REGLA 8ª.- Será Presidente el que lo sea en cada momento del Circulo Mercantil e Industrial de Sevilla, o aquella persona de la Junta directiva en la que delegue, y tendrá como misión:
- Representar a la Hermandad en cuanto acto se celebre fuera del ámbito del club
- Presidir las reuniones de la Junta Rectora y Asamblea Real así como en cualquier acto que se organice dentro del ámbito del club
- Moderar las discusiones sobre asuntos a tratar, teniendo voto de calidad en los empates
- En la fiesta de la Epifanía, presidirá la recepción del cortejo en unión de la Junta Directiva del Club, pronunciando cada año las palabras de bienvenida a SS.MM y a la Estrella de la Ilusión.
REGLA 9ª.- El Chambelán y el Secretario serán elegidos por la Asamblea General por un periodo de 2 años, reelegibles, previa presentación de candidatos de forma reglamentada
El Chambelán será elegido en año par y el Secretario en año impar.
REGLA 10ª.- El Chambelán realizará las siguientes funciones:
- Sustituir al Presidente y asumir sus funciones en caso de ausencia
- Vigilar y mantener el buen nombre e imagen de la Hermandad dentro y fuera del ámbito de la entidad.
- Organizar todo acto relacionado con la actividad de la Hermandad, y especialmente la Cena de proclamaciones y la Cabalgata
- Asistir con su asesoramiento a las Personas Reales en orden a la mejor presentación del cortejo de la Cabalgata
- Cualquier otra que le encomiende el Presidente
REGLA 11ª.- Las funciones del Secretario serán:
- Extender, de acuerdo con el Chambelán, el orden del día para las Juntas Rectoras y Asambleas Reales que elevará al Presidente para su aprobación.
- Notificar en tiempo y forma a sus componentes de las reuniones de la Junta Rectora o Asamblea Real
- Levantar acta de las reuniones de las mismas, cuyo libro tendrá a su cargo
- Despachar la correspondencia de la Hermandad, que firmará
- Se responsabilizará del Libro de Oro de la Hermandad en el que hará constar cada año las personas que ocupan la Realeza
- Proporcionar al Comité Real un ejemplar de las Reglas
REGLA 12ª.- En caso de renuncia de alguno de los 2 cargos anteriores, el Presidente designará un sustituto que realizará sus funciones de forma interina hasta el siguiente periodo electoral
REGLA 13ª.- El Comité Real está compuesto por la Estrella de la Ilusión y los Monarcas elegidos en cada año.
Serán de su responsabilidad llevar con honra el cargo, facilitar la labor del Chambelán y del Secretario en sus funciones, conocer las Reglas, asistir a las Juntas y Asambleas Reales y colaborar con su presenciaen las actividades que organice la Hermandad
REGLA 14ª.- Serán Comisiones Reales aquellas formadas por componentes de la Hermandad que se formalicen a necesidad de la Junta Rectora o Asamblea Real y encaminadas a alguna ocupación expresa.
Se disolverá una vez realizada sus funciones
REGLA 15ª.- Será Coordinador aquel empleado/a del club, preferentemente miembro de la Hermandad, que por su implicación en la misma y mejor conocimiento de recursos internos, se responsabilizará de los pormenores de los actos que se organicen en el ámbito del club, especialmente en lo relativo a los preparativos de la Cabalgata y Cena de proclamaciones.
Será nombrado o depuesto por el Presidente
REGLA 16ª.- Será Simpatizante aquelsocio/a (o cónyuge) o empleado/a del club que no siendo componente de la Hermandad desee colaborar con ella. Podrá formar parte de las Comisiones Reales y asistir a las Asambleas, con voz pero no voto.
FIGURAS
REGLA 17ª.- Son los componentes de la Cabalgata que cada 6 de enero se celebra en las instalaciones del club y que, sin perjuicio de que puedan ser ampliadas, son las que siguen:
- Estrella de la Ilusión
- Reyes Magos,
- Pajes y escoltas
- Damas
REGLA 18ª.- La Estrella de la Ilusión es la figura femenina de la Cabalgata.
Podrá serla cualquier hija de socio/a o empleado/a del club, o cualquier socia o empleda del mismo.
Encabezará el cortejo del día 6 de enero colaborando con sus Majestades en la entrega de regalos.
Será elegida por la Asamblea Real y tendrá tratamiento de Alteza.
En caso de minoría de edad, deberá estar asistida por su padre o madre en las reuniones de la Junta Rectora o Asamblea Real.
REGLA 19ª.- Los Reyes Magos son la figura masculina de la Cabalgata
Podrán serlo cualquier socio (o cónyuge en su caso) o cualquier empleado del club.
Discurrirán con compostura durante la Cabalgata,manteniendo el buen orden del cortejo.
Serán recibidos y atendidos por el Presidente y Junta Directiva, tomando lugar en sus correspondientes tronos para saludar a los presentes y hacer entrega de los regalos.
Serán elegidos por la Asamblea Real y tendrán tratamiento de Majestad.
REGLA 20ª.- Los pajes y escoltas, en número de 4, son los acompañantes de SS.MM durante el cortejo.
Serán elegidos por los propios Monarcas pudiendo serlo cualquier niño o niña de su confianza.
REGLA 21ª.- Las damas, en número de 2, son las acompañantes de la Estrella de la Ilusión.
Serán elegidas entre niñas de su confianza
REGLA 22ª.- Los Reyes Magos y la Estrella de la Ilusión se comprometen a proporcionar sus respectivos acompañantes e implicarse directamente en las labores de organización previas al día de la Cabalgata, y durante ésta, cuidará del perfecto avituallamiento de ellos, por lo que se procurará necesariamente de personas de apoyo para el desfile
REGLA 23º.- En fechas previas al día de la Epifanía, y determinada por la Junta Rectoraen cada año, el Cartero Real recibirá las cartas enviadas a sus Majestades los RR.MM. con gentileza y buen trato, llevando su cargo con honra
Podrá serlo cualquier hijo/a de socio o empleado/a del club.
Será elegido por el Chambelán y tendrá trato de Señor o Señora
ELECCIÓN DE LOS REYES MAGOS Y DE LA ESTRELLA DE LA ILUSIÓN
REGLA 24ª.- Serán elegidos por la Asamblea Real indicada en la regla 5ª y con arreglo a las siguientes circunstancias:
- Los candidatos/as lo serán de por sí o propuestos por algún miembro de la Hermandad en el periodo reglamentario anterior a la Asamblea Real
- En la Asamblea el Chambelán presentará a cada uno de ellos valorando sus méritos
- Cada miembro de la Hermandad votará por una terna de Reyes y una Estrella de la Ilusión, intentando priorizar a los candidatos propuestos y, en su caso, la minoría de edad para la Estrella de la Ilusión
- Serán elegidos aquellos que obtuvieran el mayor número de votos
- Quedarán como suplentes para ese año los siguientes votados y que no obtuvieran la elección.
REGLA 25ª.- El año en que no se alcanzasen el mínimo de candidatos necesarios para cubrir alguna de las Figuras, la Asamblea Real estará facultada para nombrar a alguno de sus miembros presentes que así lo desee, teniendo preferencia la antigüedad de los aspirantes.
PROCLAMACIONES
REGLA 26ª.-En la última quincena de cada año se realizará una cena-velada durante la cuál el Chambelán dirigirá la ceremonia de proclamaciones del Cartero Real, Estrella de la Ilusión y RR.MM.
Estará presidida por el Presidente, el Chambelán y el Comité Real saliente, con sus correspondientes acompañantes, bajo cortesía de la Hermandad.
Durante la celebración, el Chambelán investirá al Cartero Real; La Estrella de la Ilusión y RR.MM. lo serán por sus antecesores.
El Cartero Real y acompañantes, ocuparán lugar preferente en la sala, igualmente bajo cortesía de la Hermandad.
INSIGNIA DE LA HERMANDAD
REGLA 27ª.- Se establece una insignia de la Hermandad, de solapa, formada por una corona Real sobre una Giralda, que se impondrá a los Monarcas; y alfiler de pecho formado por una estrella de 8 puntas sobre la Giralda, para la Estrella de la Ilusión
REGLA 28ª.- El día 6 de enero de cada año, y posterior a la celebración de la Cabalgata, se realizará un acto de confraternización entre los componentes de la Hermandad y todos aquellos que hubiesen colaborado para la mayor brillantez del acto.
Durante el mismo, el Presidente impondrá a Su Alteza y a sus Majestades la insignia referida en la regla anterior y les hará entrega de un diploma acreditativo de sus nuevas condiciones reales
REGLA 29ª.- La Asamblea Real podrá asimismo conceder excepcionalmente una mención especial a aquellos miembros o simpatizantes que por su vinculación, dedicación y cariño a la Hermandad se hayan hecho merecedores de tal distinción.
REGLA 30ª.- Por su total vinculación con esta Hermandad, al Presidente del Círculo Mercantil e Industrial de Sevilla se le impondrá la Insignia de la misma
REGLA 31ª Tanto la Mención Especial como la Imposición de las Insignias citadas tendrá lugar en la Cena velada referida en la regla 26ª
REGLA 32ª Las presentes Reglas fueron aprobadas por Asamblea Real el tanto el 28 de Noviembre de 2008 y serán de disposición pública.