El Juzgado de Primera Instancia de Sevilla deja claro que se cumplieron los plazos y rechaza anular los acuerdo adoptados.
Una nueva sentencia, en este caso del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Sevilla, ha vuelto a dar la razón a la Junta Directiva y al propio Círculo Mercantil e Industrial de Sevilla en cuanto a los procedimientos y la forma de actuar. Un grupo de socios, en concreto Antonio Crespo Ceballos, Javier Bohórquez Ruiz, Jaime Martín Domínguez, Luis Manuel Martín Domínguez, y Victoria Pérez Aranda, interpusieron una demanda en la que reclamaban por la vía judicial la impugnación de la asamblea general ordinaria celebrada el 30/03/2016 a y subsidiariamente la impugnación de los acuerdos sociales adoptados en la referida asamblea, al considerar que eran contrarios a los Estatutos Sociales a la Ley de Asociaciones, además de estimar que la convocatoria padecía defecto en la notificación, considerando que no se habían respetado los plazos establecidos legalmente y en los estatutos. Por todo ello, reclamaban la nulidad de la asamblea y de los acuerdos adoptados.
Cuatro años después, ya hay una sentencia al respecto en la que se desestiman las argumentaciones y se destaca que “tras la prueba documental y el visionado de la grabación del acta de la asamblea, no podemos afirmar que se haya conculcado el derecho de información de los socios por parte de la Junta Directiva, por lo que no procede estimar la impugnación de los acuerdos adoptados”.
EL CMIS se opuso en su día a la demanda y ha podido demostrar que la convocatoria de las Asambleas Generales se realizó de acuerdo con lo establecido por la Ley 4/2006 de 20 de junio de Asociaciones de Andalucía y con la LO 1 /2002 de 22 de marzo reguladora del derecho de Asociación, y por los Estatutos de la Asociación. Ante estos hechos, el Juzgado de Primera Instancia ha ratificado que la convocatoria se realizó correctamente, si bien reconoce el derecho de los socios demandantes a examinar el estado de cuentas de la entidad y protege su derecho a ello y a tener acceso a la copia de la auditoria completa realizada por la Junta Directiva y al acta de la asamblea.
Como se recordará y bien conocen los socios, el CMIS siempre envía las cuentas de la entidad a cada uno de los domicilio de los socios y se aprueban en la Asamblea General. Por último, el Círculo Mercantil destaca que la sentencia valida la Asamblea General de 2016, que fue la que convocó las últimas elecciones a Junta Directiva.