El pasado lunes entró en vigor en Andalucía la medida preventiva de salud pública, relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento.
Los establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento están obligados a exigir desde la medianoche de este domingo el Certificado Covid-19 o la prueba diagnóstica correspondiente para permitir el acceso al interior, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la Orden por la que se instaura esta medida preventiva de Salud Pública.
Así pues, las personas usuarias mayores de 12 años podrán acceder al espacio interior del bar, cafetería o restaurante de nuestras sedes de Sierpes o de Instalaciones Deportivas, siempre que dispongan de un certificado emitido por el servicio público de salud o por un laboratorio autorizado, que acredite la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Que recibieron la pauta completa de una vacuna contra la COVID-19.
- Que disponen de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos. En el caso de los test rápidos de antígenos, deberán estar enumerados en la lista común y actualizada de test rápidos de antígenos de la COVID-19 establecida sobre la base de la Recomendación 2021/C 24/01, del Consejo de Europa.
- Que se recuperaron de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses. Para ello, la persona deberá haber sido diagnosticada como caso confirmado de la COVID-19 hace 11 días o más, mediante una prueba PCR, no siendo válido otro tipo de test.
Del mismo modo, para acceder a estos establecimientos será imprescindible que las personas usuarias acrediten documentalmente tanto su identidad, como de la concurrencia de cualquiera de las tres circunstancias previstas en el mismo.
La orden que previamente recibió la correspondiente ratificación judicial estará en vigor hasta las 0:00 horas del día 15 de enero de 2022. La vigencia temporal de la medida incluye la totalidad del periodo navideño que se caracteriza por un aumento de los desplazamientos y las reuniones familiares y de amigos y se toma con el objetivo de prevenir las infecciones y, en consecuencia, evitar la aparición de brotes.
Apelamos en todo momento a su responsabilidad y agradecemos de antemano su colaboración con nuestro personal en el cumplimiento de las nuevas medidas adoptadas por las autoridades.